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  • Foto del escritorAraújo Ibarra

Implicaciones de la prórroga de los UAP y Altex

Actualizado: 28 abr 2020

Con el fin de acoger el Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Mundial (SAFE) acogido por la OMA y dar lugar a la pronta implementación del OEA, nuestra normatividad aduanera previó la pérdida de vigencia de los reconocimientos UAP y ALTEX a partir del 23 de marzo de 2020. Sin embargo, debido a los estados de emergencia sanitaria, y económica, social y ecológica que atraviesa el país como consecuencia de la propagación del COVID-19, el Gobierno Nacional a través del Decreto 436 del 19 de marzo decidió mantener la vigencia de estas figuras al menos hasta el 31 de mayo.

¿Qué deben hacer los UAP y ALTEX para mantener los beneficios de estas figuras? Por ahora, deben asegurarse de tener sus garantías globales vigentes hasta el 31 de agosto de 2020. Varias empresas ya habían renovado sus pólizas el año pasado y al cumplir con este requisito no deberán realizar ninguna diligencia adicional para continuar operando como UAP/ALTEX.


Por su parte, las empresas cuyas pólizas no cumplen con esta vigencia tienen hasta el próximo viernes 27 de marzo para presentar una nueva garantía que cumpla con dicha vigencia (o la modificación correspondiente), y que la misma les sea aceptada. Mientras permanece el aislamiento obligatorio este trámite se hará por correo electrónico y posteriormente las garantías deberán radicarse en físico ante la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero de la DIAN.


Es muy importante evitar lapsos sin el cubrimiento de garantía global, pues ello produciría la suspensión de la calidad UAP/ALTEX hasta la aprobación de la nueva garantía.


¿Qué pasará con las empresas que recibieron la carta de la DIAN calificándolas con bajo riesgo? Por lo pronto, el tratamiento preferencial que estaba previsto para estas empresas ha quedado suspendido y, salvo que se prorrogue el estado de emergencia actual, empezarán a regir a partir del primero de junio. En este sentido, deben tener en cuenta que, por ahora, deberán seguir presentando garantías específicas para las operaciones que así lo requieran (e.g. importaciones temporales), realizando el pago individual de sus impuestos a la importación y sometiéndose a las inspecciones que ordene la DIAN.

En cuanto a las garantías ya presentadas e incluso aceptadas, se entiende que sus efectos estarán suspendidos hasta que este tratamiento preferencial empiece a regir. En ese sentido deben tener muy presente que esta garantía no reemplaza la garantía de su calidad UAP/ALTEX.


¿Qué logrará esta medida? Como bien lo dice una de las consideraciones del decreto, se busca evitar traumatismos en la operación de comercio exterior. La emergencia que atraviesa el país no solo está generando la disminución de disponibilidad de personal en las empresas, sino también la capacidad de atención física de las entidades y, hoy en día, muchos trámites siguen siendo presenciales.


Está prórroga es una oportunidad para continuar avanzando con las autorizaciones OEA y que las empresas adapten sus operaciones a los cambios que implica la pérdida de las figuras UAP y ALTEX sin afectar la continuidad de sus negocios. Para ello, figuras como las declaraciones anticipadas, entregas urgentes, depósitos habilitados y zonas francas pueden ser de gran utilidad.


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