Por la cual se flexibilizan transitoriamente algunas disposiciones para acceder al régimen de Compañías Holding Colombianas – CHC, de que tratan los artículos 894 al 898 del Estatuto Tributario y los artículos 1.2.1.23.3.1 al 1.2.1.23.3.5 de la Sección 3 del Capítulo 23 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica decretada con ocasión de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Por el término de duración de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que deseen acceder al régimen de Compañías Holding Colombianas – CHC, podrán presentar los documentos exigidos por el artículo 1.2.1.23.3.3 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria a través de correo electrónico a la dirección 215361_gestiondocumental@dian.gov.co.
El procedimiento excepcional previsto en la presente Resolución sólo podrá adelantarse hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.