Por el cual se prescribe el formulario 350 Declaración de Retención en la fuente para el cumplimiento de obligaciones tributarias en el año 2020.
Prescribir para la presentación de la “Declaración de Retención en la Fuente” del año gravable 2020 y siguientes, el Formulario No. 350, junto con sus anexos, diseño que forma parte integral de la presente Resolución.
El formulario “Declaración de Retención en la Fuente” será de uso obligatorio para quienes por expresa disposición legal hayan sido definidos como agentes de retención, por concepto de los impuestos sobre la renta y complementario, impuesto sobre las ventas y timbre nacional, la autorretención a título de impuesto sobre la renta y complementario del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para los responsables de efectuar la retención de la contribución especial para laudos arbitrales de contenido económico, de conformidad con el artículo 130 de la Ley 1955 de 2019 y la retención en la fuente a título del impuesto solidario por el COVID -19 y el aporte solidario voluntario por el COVID -19 de conformidad con el Decreto Legislativo 568 de 15 de abril de 2020.